Las casas de cambio autorizadas por el Banco Central de Venezuela comenzarán a comprar divisas en efectivo hasta por 8.500 euros o su equivalente en otras monedas, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Cambiario N° 39 publicado en la Gaceta Oficial N° 41.329.
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“Las personas naturales y jurídicas interesadas en realizar operaciones de ventas de moneda extranjera por cantidades iguales o inferiores a ocho mil quinientos euros (€8.500) o su equivalente en otra moneda extranjera, ya sea en billetes extranjeros, cheques de viajeros, cheques cifrados, transferencias, acreditaciones en cuenta o servicio de encomienda electrónica, podrán hacerlo a los operadores cambiarios autorizados”, señala el artículo 15 de el nuevo convenio. CLIC AQUI para seguir leyendo...
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